¿Conoces las diferencias entre cheque y pagaré? Resulta frecuente confundir estos términos, por lo que en el presente artículo te explicamos en qué consisten, sus principales diferencias y los diferentes tipos que podemos encontrar, así como cuál es la mejor opción para tu negocio.

CHEQUE “Y “PAGARÉ”; ¿EN QUÉ CONSISTEN?

El cheque y el pagaré son dos mecanismos comerciales muy utilizados; su principal finalidad consiste en emitir un pago sin la necesidad de transportar efectivo, otorgando al beneficiario más libertad para elegir el momento y el lugar del cobro en metálico, debido a que se puede establecer el cobro del mismo en una fecha futura, siendo diferente al momento de entrega; el pagaré debe ser cobrado en la fecha de vencimiento indicada. El cheque, en cambio, puede ser cobrado desde el momento en el que se expide en la entidad indicada en el documento, pudiendo ser “al portador”, sin necesidad de indicar el beneficiario, a diferencia del pagaré.

Cheque, ¿qué es?

Un “cheque” es un documento de pago (con valor por sí mismo) que una persona (librador) emite a favor de un beneficiario, interviniendo siempre además la entidad bancaria (librado), quien paga obligatoriamente el importe del cheque retirando la cantidad indicada en él de los fondos de la cuenta bancaria del librador. Una vez alcanzada la fecha prevista para el cobro, transcurridos 15 días, el cheque caducará.

Tipos de cheque

Cabe diferenciar también entre los distintos tipos de cheque que podemos encontrar; el principal es el cheque nominativo, en el que el beneficiario indicado en el documento es únicamente quien puede cobrar el importe de que se trate; éste podrá ser endosado si se incluye la cláusula “a la orden”; por el contrario, la cláusula “no a la orden” impide su transmisión; en cambio, el “cheque al portador” puede ser cobrado por cualquier persona.

Además, existen otros tipos de cheques, como el cheque bancario, donde el librador (el que firma el cheque) es la propia entidad bancaria que debe pagarlo (el librado); el cheque cruzado, pudiéndose cobrar a través de una entidad bancaria; el cheque para abonar en cuenta, que solo se podrá cobrar si se abona en una cuenta bancaria, nunca en efectivo; el cheque conformado, como garantía de la tenencia de fondos para su cobro; y el cheque ventanilla, que es el cheque que lleva consigo un aviso.

Pagaré, ¿qué es?

Por su parte, el “pagaré” es un documento privado mediante el cual el emisor se compromete, de manera incondicional, a abonar al beneficiario una cantidad de dinero en una fecha y lugar determinados. En ocasiones, puede intervenir un avalista, contra el que se ejecutará el cobro en caso de que el emisor no disponga de fondos en la fecha estipulada.

Tipos de pagaré

También deberemos tener en cuenta las diferentes clases de “pagaré” que podemos encontrar. Existe el pagaré a la orden, que permite el endoso a un tercero; el pagaré no a la orden, que no se podrá endosar pero siempre mantiene la facultad de cesión de crédito; el pagaré bancario, concedido por entidades bancarias bajo su propio formato (similar a los talonarios de cheques); el pagaré no bancario o de empresa, preparado directamente por una empresa para su uso “personal”; el pagaré truncable, que facilita su cobro por medios telemáticos; y el pagaré no truncable, debiéndose presentar físicamente y en su formato original.

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PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE CHEQUE Y PAGARÉ

Conoce cuáles son las principales diferencias entre un cheque y un pagaré

¿En qué se diferencian un cheque y un pagaré?

Lo que es común, y resulta importante subrayar, es que ambos tienen la solidez suficiente como garantía de pago de facturas, y que para que sean válidos, deberán indicar las palabras “cheque” o “pagaré” según el supuesto, entre otros elementos.

Se utilizan como herramienta de financiación, normalmente por pequeñas y medianas empresas; el fin principal consiste en obtener liquidez de forma inmediata sin esperar a la fecha de vencimiento de éste, existiendo, como ya hemos comentado, la posibilidad de descontarlos, de tal forma que el beneficiario transmite a otra persona o entidad (tenedor), todos los derechos derivados del mismo, pasando éste a convertirse en el legítimo propietario.

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