El IRPF, o Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es uno de los más importantes para el Estado español debido al volumen de ingresos que le genera. Se aplica a todos los residentes sobre la renta que hayan obtenido durante un año. Es un impuesto progresivo: cuanto más gane alguien, mayor es el porcentaje que tiene que pagar.
Las conocidas retenciones del IRPF son “adelantos” a Hacienda. Es decir, dinero que le entregamos de manera anticipada antes de hacer la declaración de la renta. Cuando ésta se produce, veremos si nuestras retenciones han sido más altas o más bajas de lo debido y, en función de ello, tendremos que abonar dinero o, por el contrario, nos lo devolverán.
¿Cuánto paga un autónomo de IRPF?
Depende de cómo esté inscrito en Hacienda. Aquellos dados de alta en las categorías de actividades artísticas y profesionales tienen que incluir retenciones en sus facturas, mientras que los que pertenecen a la categoría de actividades empresariales, o no profesionales, no (son las contempladas en el primer epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas; pertenecen a estas categorías, por ejemplo, hosteleros y electricistas).
El tipo de retención que deben aplicar los autónomos profesionales en las facturas es del 15%. Si es un nuevo autónomo, se disfruta durante tres años de un tipo impositivo del 7%. Esta medida, pensada para estimular el emprendimiento, les aporta una gran liquidez. Además, los nuevos autónomos también pueden utilizar para ese mismo fin servicios como los que BORROX ofrece. Gracias al anticipo de facturas y al descuento de pagarés se ayuda a empresas de nueva trayectoria a progresar, aportándoles inyecciones monetarias en un momento tan delicado.
Los autónomos no profesionales abonan un 20% de los beneficios obtenidos cada trimestre. A ellos les corresponde hacer la declaración mediante el modelo 111 y/o 115.
A tener en cuenta…
- El importe de las retenciones lo abona ante Hacienda el pagador. En el caso de los autónomos, lo hacen los clientes. Es conveniente pedirles los certificados de retenciones para asegurarse de que ambas partes declaran las mismas cantidades.
- Derivado de lo anterior, si el cliente del autónomo es un particular, no se aplica retención en la factura. Esto se debe a que no es necesario que los particulares declaren retenciones.
- Si más del 70% de las facturas emitidas llevan retención, no se está obligado a presentar la declaración trimestral de IRPF.
- Las actividades agrícolas, forestales y ganaderas deben practicar retenciones especiales en sus facturas, del 1 y el 2%.
- Si el trabajador se encuentra desplazado fuera del territorio nacional, su tipo impositivo es del 24%. Independientemente de la actividad a la que se dediquen, este porcentaje se mantiene.
- Existen otros tipos de retenciones importantes que se deben tener en mente a la hora de calcular gastos. Es el caso de alquileres de locales u oficinas y dividendos, entre otros.