El modelo 303 es el formulario que hay que utilizar para rellenar y declarar la liquidación trimestral del IVA. El objetivo de este artículo es ayudarte a comprender su estructura, y solucionarte algunas dudas que puedas tener, así como problemas prácticos. Te explicaremos también en qué casos te pueden surgir problemas de liquidez y como solucionarlos.
¿Cómo rellenar el modelo 303?
A continuación te explicamos como puedes rellenar el formulario del modelo 303 que encontrarás en Hacienda
Empecemos por las facturas que has emitido a tus clientes y has cobrado o tienes pendiente de cobrar, veras que las casillas de la 1 a la 9 están divididas en dos columnas, en la primera insertas el importe de ventas y en la segunda el tipo de IVA que has aplicado 4%, 10% o 21% y en la tercera la cuota resultante, siempre puedes acudir a nuestra “Calculadora del IVA” para facilitar el cálculo.
Las casillas 10 y 11 solo las tienes que rellenar si tienes un CIF intracomunitario y las 12 y 13 son para sujetos pasivos. En casos singulares habrás tenido operaciones donde no puedes repercutir el IVA, pero tiene que asumirlo tu empresa y autoliquidarlo y en la casilla 14 y 15 señala las facturas rectificativas (facturas corregidas que hayas tenido que retocar este trimestre, como modificaciones, reembolsos, etc,)
De las casillas 16 a 26, utilízalas solamente si tienes clientes con recargo en equivalencia. Estos son Autónomos con un régimen especial que no tienen que autoliquidar el IVA trimestralmente. Aunque tú como proveedor suyo, deberás cobrarle el IVA y ponerle un recargo del 5.2%, 1,4%, o 0,5%, para los tipos de IVA aplicables respectivamente de 21%, 10% y 4%.
Finalmente, la casilla 27 es auto calculable. Si estás utilizando la aplicación proporcionada por el Ministerio de Hacienda, se rellenará sola, por tanto, la casilla 27 es el IVA que has cobrado o tienes pendiente de cobrar este trimestre.
Ahora veremos cómo se calcula el IVA que tienes que pagar a tus proveedores. La diferencia entre el que tienes que pagar y el que tienes que cobrar, es el que tendrás que ingresar a Hacienda. El problema con el que te puedes encontrar es que puede haber facturas que no has cobrado y tienes que declarar el IVA como si ya lo hubieses recibido, teniendo más facturas pagadas que cobradas. Ese desfase causa problemas de liquidez.
Para situaciones como la descrita anteriormente, existen alternativas en mercado que te adelantan los importes a pagar con total transparencia, rapidez y sin compromisos adicionales. El procedimiento es simple, se presenta la factura que tienes pendiente de cobrar, y bajo un previo y rápido análisis de fiabilidad de tu cliente, se te adelanta el dinero a cobrar. Si quieres saber más pincha AQUÍ.
Las casillas 28 a 41, están divididas en dos columnas, la primera es donde pones la base, y la segunda el IVA que tienes que pagar en las facturas que han emitido tus proveedores. Las diferentes filas son los conceptos y los casos especiales (utiliza nuestra calculadora del IVA en casos de dudas).
Si eres una empresa agrícola o del sector de la pesca, podrás poner las compensaciones que hayas tenido en la casilla 42. Las regularizaciones de los bienes que hayas comprado para la inversión de tu negocio, como maquinaria, informática, etc…se incluyen en la casilla 43. Finalmente, si estás en la declaración de octubre, utiliza la casilla 44 si necesitas regular algún cálculo de prorrata.
La casilla 45 se calcula automáticamente y es el IVA que te puedes deducir.
Por fin llegamos al final del régimen general, la última casilla, la 46. Es la final, y no es más que la diferencia entre las 27 total a cobrar, y la 45 total a recibir.
¿Tengo que pagar a Hacienda?
Recuerda que si te sale negativo, tienes que liquidar con Hacienda, y en este caso puedes utilizar cualquiera de las facturas declaradas pero todavía no cobradas para financiar este pago.
Si aún sigues teniendo dudas acerca de cómo rellenar el modelo 303, ¡Llámanos! Serás atenido por un especialista en la materia.
Consulta otros artículos de interés: