En una cesión de crédito….
P ara asignar una factura es importante conocer en profundidad los detalles de la cesión de crédito. Además, su conocimiento simplificará el proceso de cesión y reducirá el tiempo necesario para recibir un anticipo.
¿Cuál es la característica principal?
Su característica principal es que NO es necesario notificar al deudor de la operación, aunque existen dos tipos de cesión de créditos: con y sin notificación. Con notificación, el cedente y la cesionaria informan de manera fehaciente al deudor de la cesión de la deuda, mientras que sin notificación, no lo llevan a cabo de manera fehaciente. Como resultado, cuando la cesión es sin notificación, el deudor no tiene por qué conocer que los créditos se han cedido. Es importante saber que de esta manera los problemas en el pago son mayores. El deudor puede no saber a quién, en última instancia, tiene que pagar su deuda.
¿Cuáles son las características más relevantes?
- Una cesión de crédito es útil cuando la empresa necesita liquidez a corto plazo y no puede esperar a recibir a vencimiento los cobros esperados de sus clientes.
- El cesionario se convierte en acreedor de la deuda: hay que distinguir entre la cesión de crédito con recurso y la cesión del crédito sin recurso. Si la transacción tiene recurso pero el deudor no realiza el pago de la deuda dentro del plazo acordado, el cedente debe cumplir con la obligación de pago. Sin embargo, si la transacción se lleva a cabo sin derecho a recurso, el cedente quedará excluido del pago y, el cesionario no podrá ir contra el cedente. Como resultado, el cedente está exento de impago de su cliente.
- Plazo de un año para hacer frente a la deuda: si la operación se ha hecho con recurso y el cedente debe responsabilizarse de la insolvencia de su cliente, tiene un año como plazo máximo para satisfacer la deuda. En caso de que sea una renta perpetua, el plazo se alarga a diez años.
- Debe versar sobre derechos personales individualizados: Se excluye, la trasmisión de derechos que impliquen una complejidad correlativa de obligaciones, como los que nacen o surgen de los contratos bilaterales, por ejemplo, el arrendamiento.
- Debe tratarse de créditos nominativos: esto quiere decir, que contengan los nombres del acreedor y el deudor; así que, debe estar consignado en el título o documento existente, en el que se haga.
En la cesión de crédito, en algunos casos se requiere un formulario especial
- Cuando la cesión de los créditos se derive de un acto constado en una Escritura Pública. Para lo cual se requiere Escritura Pública.
- Cuando las reclamaciones estén respaldadas por hipotecas. Para lo cual se necesita Escritura Pública y registro.
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